✅ Sí, según la Ley 19.799 de 2002, los contratos y actos firmados electrónicamente tienen la misma validez legal que los documentos en papel. La firma electrónica es equivalente a la firma manuscrita para todos los efectos legales.
Firma Electrónica Simple: Permite identificar al firmante y se usa en acuerdos, contratos consensuales y poderes simples.
Firma Electrónica Avanzada: Certificada por un prestador acreditado, garantiza identidad, integridad y autenticidad del documento.
La firma electrónica en Chile está regulada y ofrece seguridad y validez legal, permitiendo la digitalización de procesos con respaldo jurídico.
✅ Sí, Signio cumple con los requisitos legales en Chile según la Ley 19.799 de 2002.
✅ Método confiable y seguro Signio utiliza un proceso técnico basado en criptografía matemática, donde:
• Se genera una llave privada única para cada firmante.
• Se asocia a una llave pública del documento, garantizando autenticidad.
• Se sella el mensaje para evitar modificaciones, asegurando su integridad.
✅ Identidad validada y control exclusivo
El firmante está plenamente identificado antes de realizar la firma.
La firma solo puede ejecutarse con autenticación OTP vía SMS o correo electrónico.
Está bajo el control exclusivo del firmante, evitando suplantaciones.
✅ Verificación y Evidencia Legal
• Si el documento es alterado, la firma queda invalidada automáticamente.
• Signio ofrece un portal de verificación en línea para confirmar la validez del documento, su certificado, la fecha, la hora y la IP del firmante.
• Se genera una Certificación de Evidencia de Firma, que garantiza autenticidad, integridad y no repudio, cumpliendo con la normativa chilena.
✅ Con Signio, tus documentos electrónicos tienen total respaldo legal en Chile, asegurando seguridad, validez y protección contra fraudes.
📌 Validez Legal de los Documentos Electrónicos en Chile - La Ley 19.799 establece que los documentos electrónicos pueden presentarse en juicios, pero su valor probatorio depende del tipo de firma utilizada:
Instrumentos Públicos: Solo válidos con Firma Electrónica Avanzada (FEA), con pleno valor probatorio.
Instrumentos Privados con FEA: Tienen pleno valor probatorio, pero su fecha solo es válida si cuenta con un fechado electrónico acreditado.
Instrumentos Privados con Firma Electrónica Simple: Su valor dependerá de las reglas generales.